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LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA · ESPAÑA

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Elige tu situación y te llevamos directo a lo que necesitas

ESCENARIO 1

Ya presenté mi solicitud

​Sigo esperando respuesta del Consulado, o ya recibí un correo (denegación o requerimiento) y no sé qué hacer.

ESCENARIO 2

Ya tengo mi acta española

Recibí mi certificación de nacimiento española. Ahora necesito el Registro de Matrícula Consular y mi pasaporte.

ESCENARIO 3

No llegué a presentar mi solicitud

El plazo de la Ley de Memoria Democrática cerró el 22 de octubre de 2025. Quiero saber qué otras opciones tengo.

Escenario 1

YA PRESENTASTE TU SOLICITUD

Esto es lo que puede pasar después
y qué hacer en cada caso

Tras presentar tu expediente por Ley de Memoria Democrática, el Consulado puede responder de tres formas: una posible denegación, un requerimiento de documentación, o la certificación de nacimiento española. Cada una tiene un plazo y una acción concreta, no todas significan que el proceso terminó.

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¿Recibiste una citación o una posible denegación?

Puede ocurrir, y es más común de lo que crees. Si recibiste una citación con fecha y hora, es para notificarte una resolución que explica por qué tu expediente no cumplió con los requisitos.

 

Esto no cierra el proceso: la resolución incluye un plazo legal (normalmente 15 o 30 días) para presentar un Escrito de Alegaciones.

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¿El Consulado te pidió documentación adicional?

Es un requerimiento formal, generalmente con un plazo de 1 mes. Puede pedir documentos del ascendiente español, de la línea de descendencia, actas, pruebas documentales o correcciones. Si no lo atiendes a tiempo, se archiva el expediente y esto también afecta a otros descendientes que hayan postulado gracias a tu solicitud.

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  • Qué significa cada uno de los 3 correos que puedes recibir del Consulado

  • Qué hacer, paso a paso, si recibes una posible denegación o un requerimiento

  • Plazos exactos y qué documentos preparar en cada caso

  • Alertas importantes de consulados en México (CDMX, Monterrey, Guadalajara y otros)

$99 MXN

Información validada por Alba Vico, abogada de Acordde, colegiada núm. 10854 del

Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga.

Entiende qué significa cada correo del Consulado
y qué hacer en las primeras 48 horas

Si ya tienes tu acta española, esta guía no es para ti ve directo a la sección siguiente.

Escenario 2

YA ERES ESPAÑOL ¿Y AHORA QUÉ?

Tu acta española es el punto de partida, no la meta

Tener tu certificación de nacimiento española es un logro real. Pero suele asumirse, por error, que ya puedes solicitar tu pasaporte directamente y no es así. Antes debes completar el Registro de Matrícula Consular (RMC): el trámite con el que el Consulado te registra como ciudadano español residente en México, y que es el paso previo indispensable para el pasaporte.

Diagrama
El Sistema Consular Guiado (SCG) te muestra el camino completo, en orden y paso a paso
  • Acceso completo a los 8 módulos: 5 para el Registro de Matrícula Consular, 3 para el Pasaporte español

  • Videos explicativos en cada etapa

  • Checklists descargables por trámite

  • Formularios RMC y PERE/CERA generados con tus datos, listos para descargar

  • Orientación para la búsqueda de tu cita en el Consulado

$1,990 MXN

No incluye tasas consulares, gestión de citas, apostillas, traducciones ni asesoría jurídica personalizada.​

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Escenario 3

SI NO PRESENTASTE A TIEMPO

El plazo de la Ley de Memoria Democrática ya cerró

La ventana para presentar nuevas solicitudes por Ley de Memoria Democrática cerró el 22 de octubre de 2025, sin prórroga. Si no alcanzaste a presentar tu expediente, esta vía ya no está disponible.

 

Pero dependiendo de tu situación, puede que tengas otras opciones hacia España o Europa:

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Visado de Nómada Digital
  • Vive legalmente en España mientras sigues trabajando para tu empresa o tus clientes fuera del país sin cambiar de empleo. Puede incluir a tu familia.

  • Trabajo remoto para empresa extranjera, o negocio propio con la mayoría de clientes fuera de España

  • Al menos 3 meses de relación con tu empresa o clientes actuales, y la empresa con al menos 1 año de actividad

  • Ingresos mensuales desde 2,849 EUR (200% SMI 2026, aprox.  verificar al momento de aplicar); la unidad familiar requiere montos adicionales

El visado no otorga la nacionalidad española. La residencia legal obtenida con este permiso puede computar para solicitar nacionalidad por residencia para personas mexicanas e iberoamericanas, generalmente a partir de 2 años, si se cumplen los demás requisitos.
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Residencia No Lucrativa
  • Para quienes quieren vivir en España sin trabajar ni ejercer actividad profesional, acreditando medios propios: jubilación, rentas, ahorros o inversiones.

  • No autoriza actividad laboral ni profesional en España

  • Solvencia: 2,400 EUR/mes o 28,800 EUR/año para el titular (400% IPREM 2026, aprox.), más 600 EUR/mes por cada familiar

  • No basta con el ingreso mensual: el consulado también revisa saldo, estabilidad y origen lícito de los fondos

El visado no otorga la nacionalidad española. La residencia legal puede computar para nacionalidad por residencia si se cumplen los requisitos correspondientes, no es un resultado automático.
Visado de Estudios
  • Para personas admitidas (o en proceso de admisión) en un centro autorizado para estudios, formación o educación superior en España. Puede habilitar trabajo compatible con los estudios.

  • Admisión en centro o programa autorizado, con fechas y carga académica definidas

  • Solvencia: ~600 EUR/mes para el estudiante (100% IPREM 2026, aprox.); familiares requieren montos adicionales

  • Para estancias de más de 180 días, normalmente se exige certificado de antecedentes penales y certificado médico

Es una autorización de estancia por estudios, no una residencia ordinaria. Por sí sola no computa para nacionalidad por residencia. La estrategia puede ser estudiar y, después, según el caso, modificar a una residencia que sí compute.

DIRECCIÓN

Av. F. C. de Cuernavaca 214, Polanco, Polanco II Secc, Miguel Hidalgo, 11540 Ciudad de México, CDMX

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+52 55 2188 5517 

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